La Convención de
Schengen constituye un acuerdo entre la mayoría de las Naciones de la Unión
Europea (UE), firmado en 1985 y en vigor desde 1995, tiene como uno de sus
principales objetivos finalizar con los controles fronterizos dentro del
espacio común y armonizar los controles fronterizos externos. Por lo que
facilita el pasaje por las oficinas de migración internas.
Según el
artículo 5 de la Convención de Schengen está permitido el ingreso como turista
a los extranjeros que se presenten en la frontera correspondiente o frontera
externa del espacio Schengen y cumpla con las siguientes condiciones para una
estancia de menos de tres meses en un espacio de seis:
1) Que posea Pasaporte valido u otro documento de viaje
equivalente reconocido por el gobierno correspondiente.
2) Que
disponga de documentación que justifique el motivo y las condiciones de la estadía
prevista y demuestre que dispone de medios financieros suficientes en relación
a la naturaleza y a la duración de la misma;
3) Posea visa
de ingreso o de tránsito (Lo aplicable para cada país en particular)
4) No haya
sido indicado por la autoridad del país al que se quiere ingresar como "no admisible".
5) No sea
considerado peligroso para el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales de una de las partes contratantes de la Convención
de Schengen.
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